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¿Puedo guardar copia de la identificación del huésped?

CheckAppHotel · Cumplimiento hotelero · Powered by Cenit · 2026-06-09

¿Puedo guardar copia de la identificación del huésped?

Una de las preguntas más frecuentes en la operación hotelera es qué hacer con los documentos de identidad de los huéspedes. La respuesta es sí, puedes guardar copia de la identificación, pero bajo condiciones específicas establecidas por la ley mexicana. En México, el registro de identidad del cliente es una práctica común y necesaria para cumplir con obligaciones fiscales y de seguridad. Sin embargo, almacenarla incorrectamente puede exponerte a sanciones legales y pérdida de confianza del cliente. Este artículo te guía en qué es permitido y cómo hacerlo correctamente.

¿Qué dice la ley mexicana?

En México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP) es el marco normativo principal para el manejo de datos sensibles como la identificación. Esta ley no prohíbe que los hoteles guarden copias de documentos de identidad, siempre que cuentes con el consentimiento del huésped y que la información se utilice únicamente para los fines establecidos: registro de huéspedes, cumplimiento fiscal, y prevención de fraude.

Además, si eres parte del Registro Nacional de Turismo (RNT) o si facturas por servicios de hospedaje, existen disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que pueden requerir cierta documentación. Estas no significan que debas retener copias indefinidamente, pero sí que debes tener acceso rápido a la información durante auditorías.

Sí puedes guardar la copia, pero bajo estas condiciones

La clave está en cómo, dónde y cuánto tiempo guardas la identificación. Primero, debes informar al huésped que recolectarás este dato y para qué lo usarás. Esto puede hacerse en el momento del check-in de forma clara y accesible. Segundo, la información debe almacenarse de manera segura: encriptada si es digital, bajo llave si es física, y accesible solo a personal autorizado. Tercero, debes tener una política clara de eliminación. No puedes guardar indefinidamente: la LFPDPPP establece que los datos deben conservarse solo el tiempo necesario para cumplir el propósito.

Para la mayoría de hoteles, seis meses a un año después del check-out es un plazo razonable. Si el SAT solicita documentación por auditoría, puedes mostrar esos registros. Después de ese período, la copia debe destruirse (o hacerse no recuperable si es digital).

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Conclusión

Sí puedes guardar copia de la identificación del huésped, pero no es un "haz lo que quieras" sin límites. La ley mexicana te permite hacerlo para fines legítimos, siempre que actúes con transparencia, seguridad y propósito claro. Si CheckAppHotel integra esta funcionalidad en tu sistema, asegúrate de que el software cumpla con los estándares de encriptación y que tú, como hotelero, tengas una política interna documentada. La confianza del huésped depende de que respetes su información. Hacerlo correctamente no solo te protege legalmente, sino que también fortalece tu reputación.

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